miércoles, agosto 12, 2009

AVALÚO COMERCIAL vs. AVALUO CATASTRAL

En el mercado de bienes raíces en Colombia es frecuente que el valor de los AVALÚOS CATASTRALES (que son los que usa el Gobierno para la liquidación de impuestos) sea menor que el de los AVALÚOS COMERCIALES (que son los que determinan el precio de un inmueble para realizar una transacción comercial).


Esto básicamente ocurre porque el mercado inmobiliario tiene una dinámica mucho más ágil y actualizada que la gestión de los entes gubernamentales para mantener la información renovada. Por ello coexisten estos dos tipos de avalúos en Colombia:



AVALÚO COMERCIAL (venta, hipoteca, Bancos)



Es el realizado por un perito que es contratado por una persona, empresa o banco para determinar el valor real de una propiedad en un momento determinado, de acuerdo con sus características físicas y topográficas, además de las variables de entorno que afectan positiva o negativamente el precio de transacción del predio.


Generalmente, estos avalúos tienen una caducidad de 6 a 12 meses, pues los precios reales de las propiedades varían con el paso del tiempo. (El precio real hace referencia al valor en que se negocia una propiedad dentro de una relación justa de oferta y demanda. Por su parte, el precio nominal es el que finja un propietario para la venta de una propiedad y es susceptible de negociación).



Los bancos solicitan los avalúos comerciales para tener certeza de que hipotecarán y/o financiarán una propiedad por su valor real, lo cual garantiza (mediante hipoteca bancaria) que el dinero que prestan sí estará respaldado por un valor correspondiente.


Por otra parte, las personas naturales solicitan avalúos comerciales para saber cuánto valen sus propiedades o para definir un valor de venta que les asegure que obtendrán una retribución justa.


AVALÚO CATASTRAL (Impuestos, Declaraciones)


Consiste en la determinación del valor de los predios, obtenido mediante investigación y análisis estadístico del mercado inmobiliario, practicado por Catastro, mediante sus funcionarios especializados, o a través del Observador Catastral Inmobiliario.



El avalúo catastral de cada predio se determinará por la adición de los avalúos parciales practicados independientemente para los terrenos y para las edificaciones en él comprendidos.

Tomado de metrocuadrado.com